La Junta de Compensación reclama la deuda de Gestesa a los compradores de la referida promotora

 
 Varios vecinos que han recibido una carta de la Junta de Compensación del SR-8 (El Viso), reclamándole la parte proporcional que le corresponde a su finca de la deuda que Gestesa mantiene con la citada Junta de Compensación, solicitan al Ayuntamiento información sobre estos hechos. Respondemos:

Gestesa Inmobiliaria, uno de los promotores de la urbanización El Viso, ha entrado en Concurso de acreedores. El Concurso de acreedores es la figura a la que se acogen las empresas cuando son insolventes, es decir, cuando no pueden pagar sus deudas. Un equipo externo, nombrado por un juez, evalúa las dificultades financieras de la empresa concursada.

La urbanización El Viso ha sido realizada, fundamentalmente, por tres promotores, Hercesa, Gestesa y Reyal Urbis, de manera que las obligaciones derivadas de su desarrollo corresponden en su mayoría a las tres promotoras, en función del porcentaje de propiedad que tengan en el sector (SR-8).

Para urbanizar el sector las tres promotoras se configuraron en Junta de Compensación, según determina la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. La Junta de Compensación es una entidad urbanística  que tiene personalidad jurídica propia con capacidad para el cumplimiento de sus fines, la redacción de los proyectos necesarios para el desarrollo del sector y la ejecución de las obras de urbanización.

Uno de los proyectos que desarrollan el sector, el Proyecto de Compensación o Reparcelación, asigna a cada parcela resultante, una cuota de participación para hacer frente a los costes de urbanización.

Las fincas, y por tanto,  por división de la propiedad horizontal todas y cada una de las subfincas procedentes de la finca original, se hallan vinculadas a la afección legal y real de las cargas urbanísticas resultantes del Proyecto de Compensación o Reparcelación, artículo 105 de la Ley 9/2001 del suelo de la Comunidad de Madrid

Este efecto, derivado de esta carga, tiene como consecuencia jurídica la mutación del crédito de propietario en propietario hasta tanto éste (el crédito) desaparezca por cualquiera de las causas legalmente previstas, entre ellas, el pago de la deuda por quién sea el titular en cada momento de la finca.

Ocurre que Gestesa mantiene una deuda con la Junta de Compensación, de la que forma parte, por el impago de los costes que le corresponde, de una parte de sus obligaciones en los citados costes de urbanización.

Las cuotas de participación aparecen como cargas en las escrituras de compra-venta de las parcelas (viviendas), de manera que cada una las parcelas de Gestesa (ahora propiedad de quienes las adquirieron) están afectadas por esa carga.

Al entrar en Concurso de acreedores Gestesa entra en suspensión de pagos debido a su insolvencia y pasa a ser la Autoridad Concursal la encargada de la gestión de la deuda.

¿Cómo puede afectar esta situación a los compradores?

Como las parcelas vendidas por Gestesa, ya no son de su propiedad, podría suceder que los acreedores de Gestesa (la Junta de Compensación o la propia Autoridad Concursal) reclamase la parte de la deuda que corresponda a los actuales propietarios de cada parcela (vivienda) en función de su cuota de participación.

Hemos contactado con la Junta de Compensación y nos confirman que la carta recibida por los compradores de Gestesa se enmarca en lo anteriormente expuesto, es decir que reclama a los compradores de viviendas de Gestesa la parte proporcional de la deuda que, en función de la cuota de participación, le corresponde a cada parcela (vivienda) y que Gestesa no ha pagado.

Esta situación afecta únicamente a quienes compraron a Gestesa, ya que, según se ha tenido conocimiento en el Ayuntamiento, el resto de promotores que han vendido viviendas en El Viso, están al corriente de pago con la Junta de Compensación y, además, no están en Concurso de acreedores.

El Ayuntamiento ha puesto el asunto en conocimiento de sus Servicios Jurídicos para que informen sobre el alcance legal y administrativo del caso. Cuando tengamos más datos informaremos puntualmente desde esta WEB Municipal. Cualquier vecino que desee información puede dirigirse al mail afectadosgestesa@ayto-villalbilla.org 

 

Las patas cortas de la mentira de los portavoces del PP de Villalbilla

 
Las mentiras de los portavoces del PP de Villalbilla tienen las patas muy cortas y, claro, resulta muy fácil atraparlas, ya saben se coge antes a un mentiroso que a un cojo. Sí, decimos portavoces (en plural) porque resulta que son dos.

No sabemos si es debido al descontrol de su partido en Villalbilla; ya saben que desde las pasadas elecciones son dirigidos desde Camarma de Esteruelas ya que ellos no son capaces de dirigirse a si mismo. O, tal vez, porque al llamarse los dos Oscar (Oscar Sagüillo y Oscar Fonfría), no les ha debido quedar claro que Oscar tiene que hacer de portavoz.

Resulta que en el Pleno del 24 de mayo se aprobó la adaptación de la Ordenanza Reguladora de Limpieza y Gestión de Residuos, para tratar de evitar la proliferación de carteles, adhesivos y pintadas en el mobiliario urbano, contenedores de basura, paredes etc.

Pues bien, a estos portavoces les da por bromear con el asunto, porque debe tratarse de bromas, de los contrario sería incomprensible o demagógico (no, en realidad son mentiras). Compruébenlo en la Ordenanza que adjuntamos   ordenanza_limpieza_gestion_residuos y verán que:

1.- La Ordenanza fue aprobada por el anterior gobierno del PP y sus compañeros de correrías los tránsfugas, en junio de 2010 (BOCAM 147, página 292), por tanto no fue una nueva ordenanza aprobada por el Pleno del 24 de mayo de 2013.

2.- Sobre los límites de los restos de poda que se pueden depositar cada día, el artículo 54 (residuos de poda y restos vegetales, página 410), ya marcaron los límites (2 M3) cuando la aprobaron en 2010, por tanto no fueron fijados por el Pleno del 24 de mayo de 2013

3.- Sobre las sanciones a aplicar por los incumplimientos de la Ordenanza, el artículo 76 (sanciones, página 418) ya marcaron los importes cuando la aprobaron en 2010 , por tanto no fueron fijados por el Pleno del 24 de mayo de 2013.

Lo único que aprobó el Pleno fue adaptar la Ordenanza para tratar de evitar lo que muestra las siguientes fotografías. Por tanto ni es una nueva ordenanza, ni limita la libertad de expresión, ni pone elevadas multas, ni servirá para que los estudiantes o mujeres se publicite (todo esto son palabras de los portavoces del PP de Villalbilla):

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Antonio Barahona Menor
Alcalde
 

Celebración de Pleno Ordinario del Ayuntamiento de Villalbilla el 24 de mayo de 2013

Se convoca sesión ordinaria del PLENO que tendrá lugar en el Salón de Actos, el día 24 de mayo de 2013, a las 20:00 horas, para tratar los siguientes asuntos:

ORDEN DEL DÍA 

PRIMERO. LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.-

SEGUNDO. SUBSANACIÓN APROBACIÓN PROVISIONAL PLAN PARCIAL SR.-3.-

TERCERO. SUBSANACIÓN APROBACIÓN PROVISIONAL PLAN PARCIAL SR.-4.-

CUARTO. APROBACIÓN CIFRAS DE PADRÓN DE HABITANTES A 1 DE ENERO DE 2013.-

QUINTO. MODIFICACIÓN ORDENANZA MUNICIPAL DE LIMPIEZA Y GESTIÓN DE RESÍDUOS.-

SEXTO. RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITO.-

SÉPTIMO. DACIÓN DE CUENTA DECRETOS DE ALCALDÍA Y ESTADO DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO.-

OCTAVO. DACIÓN DE CUENTA INFORMES CUMPLIMIENTO LEY DE MOROSIDAD.-

NOVENO. RUEGOS Y PREGUNTAS

Antonio Barahona Menor
Alcalde

Feliz Navidad y próspero año 2012

El Equipo de Gobierno Municipal, felicita las fiestas de Navidad a todos los vecinos de Villalbilla y les desea un venturoso año 2012. Que en estos tiempos de dificultades y tribulaciones, la celebración de estas Fiestas sean el comienzo de una vida mejor para todos.

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Antonio Barahona Menor
Alcalde

 

de Portavoz de la PIM Publicado en Alcalde